La declaración de IRPF (impuesto de la renta de las personas físicas) es un trámite que hay que realizar todos los años, y no solo en Andorra. En este artículo te enseñamos quién debe hacer la declaración, cómo y dónde hacerla.
Impuesto de la renta en Andorra
Sí, en Andorra hay impuestos, aunque mucha gente crea lo contrario. Y también hay IRPF, aunque tal y como decíamos en nuestro artículo sobre los impuestos en Andorra, es bastante reciente y hace unos años no existía este impuesto en el Principado. Se trata de un impuesto que grava todas las rentas obtenidas por un residente fiscal andorrano (no confundir con la residencia andorrana administrativa), y se divide según el origen y el tipo de renta obtenida (de Actividades Económicas, del Capital, del Trabajo, etc.).
Sin embargo, el IRPF andorrano es mucho más laxo que el de sus países vecinos, como España, Francia y Portugal. En esta comparación de impuestos entre España y Andorra podemos ver que, efectivamente, la diferencia es más que sustancial. Si bien hay IRPF en Andorra y también va por tramos como en la mayoría de países, sus tipos nominales y efectivos son mucho más bajos que en países como España.
De forma general y para la base del trabajo (que incluye actividades económicas), el impuesto de la renta andorrano tiene tres tramos solamente:
- Los primeros 24.000€ de renta tributan al 0% (están exentos de tributar)
- Los siguientes 16.000€ (es decir, entre 24.000€ y 40.000€) tributan al 5% (bonificación del 50% de la cuota)
- A partir de los 40.000€ de renta se tributa el 10%
Pueden obtener más información en nuestros artículos sobre los impuestos y tributos en Andorra. También tienen más información en la página del Gobierno andorrano sobre el IRPF.
¿Quién tiene que hacer la declaración de la renta?
Como hemos dicho, el IRPF grava las rentas obtenidas por los residentes fiscales andorranos. Sin embargo, no todos los residentes fiscales andorranos tienen obligación de hacer la declaración de la renta. Según el propio Gobierno de Andorra, en su portal de la sede electrónica de los ciudadanos, las personas físicas residentes fiscales en territorio andorrano tienen la obligación de presentar la declaración del impuesto, en los siguientes casos:
- Si se obtienen rentas de actividades económicas.
- Si las rentas del capital inmobiliario y/o rentas del trabajo que se obtienen son de un importe íntegro igual o superior a 24.000 euros.
- Si las rentas obtenidas del capital mobiliario no han sido retenidas y superan los 3.000 euros.
- Si se obtienen ganancias y pérdidas de capital.
Además, indican que las rentas exentas no deben declararse, ya sean rentas del trabajo, rentas del capital mobiliario o ganancias y pérdidas de capital.
Por otro lado, los trabajadores temporeros y fronterizos no deben hacer la declaración de IRPF en Andorra, ya que no se consideran residentes fiscales andorranos. Aunque se desplacen a diario al territorio andorrano desde España y Francia y hayan sido contratados por empresas que son residentes fiscales en el Principado.
Los rendimientos obtenidos por los fronterizos y temporeros quedarán sujetos al impuesto sobre la renta de los no residentes fiscales, si bien pueden optar por aplicar el régimen especial del mismo impuesto. Este régimen especial les permite tributar con arreglo a las normas generales previstas por la Ley del IRPF.
Dónde tramitar la declaración de IRPF en Andorra
Hay dos formas de hacer la declaración del IRPF:
- Tramitación presencial: es la forma tradicional de hacerlo. Hay que ir al Departamiento de Tributos y de Fronteras de Andorra ubicado en la Baixada del Molí, 26 Andorra la Vella. Se presenta en horario laboral (de 8h a 15h excepto Viernes, que es de 8h a 14:30h) con la documentación necesaria en formato físico. No es recomendable hacerlo así, ya que es muy arcaico. Además, hay que pedir cita previa para tramitarla.
- Tramitación online y digital: se realiza en línea a través de internet usando el portal tributario del ciudadano, también llamado sede electrónica, que pone a disposición el Gobierno de Andorra, mediante oficina virtual. Es la forma más recomendada de hacer la declaración de la renta por comodidad y rapidez. Se necesita usuario y contraseña del Módulo de identificación online (MIL) o del certificado electrónico de la Administración en la Oficina Virtual del DTF.
- https://www.e-tramits.ad/tramits/ca/impostos
Cómo hacer la declaración del IRPF andorrano
La declaración de la renta está formada por los formularios 300. Para hacer la declaración de forma correcta, hay que tener en cuenta una serie de factores. Además de los gastos deducibles como las cotizaciones a la CASS, entre ellos están el tipo de rentas percibidas, las retenciones aplicadas y las reducciones aplicables:
Tipo de rentas a tener en cuenta en la declaración
El formulario a rellenar se divide en tipos de hojas según la tipología de las rentas percibidas a declarar. La hoja 300 es la base del formulario, y contiene los datos personales y de identificación, los datos fiscales y las hojas a rellenar de la persona que declara. Adicionalmente, la hoja 300-A contiene los datos económicos y familiares. A partir de ahí, el resto de hojas a rellenar dependen de la naturaleza de dichas rentas percibidas:
- Rentas del trabajo: Hoja 300-B. Todas las contraprestaciones derivadas de una relación laboral (ej. sueldos y salarios). También se incluye aquí el régimen especial de trabajadores frontereros y temporales.
- Rentas del capital inmobiliario: Hoja 300-B también. Rentas que se deriven de la explotación de bienes inmuebles o de derechos sobre estos bienes (ej.: alquiler de inmuebles).
- Rentas de actividades económicas: Hoja 300-C. Rentas que se deriven de actividades empresariales o profesionales y de las funciones propias de administradores. Se incluye el pago fraccionado a cuenta del periodo impositivo en curso, en el cual se da la opción de dar los datos bancarios para que se realice una domiciliación automática.
- Rentas del capital mobiliario: Hoja 300-D. Rentas que se deriven, entre otras, de la participación en fondos propios de entidades (ej.: dividendos), de la cesión a terceros de capitales propios (ej.: intereses), operaciones de capitalización y seguros de vida o invalidez. Se incluyen aquí las deducciones para eliminar la doble imposición internacional, dadas por los CDI que tiene firmados Andorra, sobre las rentas obtenidas de otros países externos.
- Ganancias y pérdidas de capital: Hoja 300-E. Rendimientos derivados de la alteración de su composición patrimonial. Cabe destacar que quedan fuera de estas ganancias las adquisiciones gratuitas (como herencias y donaciones), las plusvalías de bienes inmuebles (que se gravan por otro impuesto: el ITP) a no ser que constituyan actividad profesional.
Debemos destacar en este punto algunos beneficios del IRPF andorrano, como que los dividendos extraídos de empresas andorranas no tributan por este impuesto. Y tampoco las ganancias y pérdidas de capital de acciones y fondos, como indicábamos en nuestro artículo sobre ser trader en Andorra.
Gastos deducibles
S pueden deducir algunos gastos también, a tener en cuenta. Por ejemplo:
- Cotizaciones a la seguridad social. En el caso de trabajadores por cuenta ajena solo la parte del trabajador.
- Un 3% de gastos generales para determinados rendimientos íntegros, con un máximo de 400€.
- Los gastos de administración y custodia, las comisiones de intermediarios, así como otros gastos de similar naturaleza.
Reducciones de la declaración andorrana
Se pueden tener en cuenta las siguientes reducciones:
- Mínimo general: es la reducción que hace que los primeros 24.000€ de renta no tributen
- Mínimo familiar: es una reducción de 750€ anuales por persona a cargo, ya sea descendiente, ascendente o tutelado. El importe asciende a 1125€ en caso de persona discapacitada.
- Vivienda habitual: el 25% de los gastos se pueden reducir, hasta un máximo de 1.000€ anuales.
- Aportaciones a planes de pensiones: reduce un 30% en las rentas del trabajo y de actividades económicas hasta 5.000€.
- Pensiones compensatorias o anualidades por alimentos: importe reconocido según la legislación civil aplicable, resoluciones judiciales o convenios reguladores.
- Mínimo del ahorro: supone un mínimo exento de 3.000€ sobre la renta por la base del ahorro.
- Otras reducciones: aparte de las marcadas por la doble imposición internacional, existen deducciones por nuevas inversiones y por creación de puestos de trabajo en las rentas de actividades económicas.
Retenciones a considerar
Los pagadores de rentas del trabajo y de rendimientos del capital mobiliario tienen la obligación de practicar la retención correspondiente, e ingresarla en el Ministerio encargado de las finanzas.
- Rentas del trabajo: El Departamento de Tributos y Fronteras anteriormente mencionado determina el porcentaje de retención que corresponde a las rentas del trabajo. Este porcentaje se computa teniendo en consideración las reducciones y bonificaciones a las que tiene derecho el obligado tributario.
- Rentas del capital mobiliario: Se aplica un porcentaje de retención fijo del 10% como norma general. Existe la posibilidad de solicitar la aplicación de la reducción por obtención de rendimientos del capital mobiliario, identificando la cuenta a la que resulta aplicable, cuando éstos sean inferiores a 3.000 euros
Aparte, se han de considerar los pagos fraccionados a cuenta anteriormente mencionados en las rentas de actividades económicas. Los pagos fraccionados se efectúan durante el mes de Septiembre del año anterior al que aplican (Septiembre de 2023 para el año 2024) y en la declaración se efectúa un balance entre el pago fraccionado a cuenta y la cantidad final a tributar. El importe del pago fraccionado se puede calcular de dos formas distintas:
- Por la cuota de liquidación del año anterior: el importe es el 50% de la cuota.
- Por las rentas netas de las actividades económicas del año anterior: en este caso es el 5% de las rentas netas.
Cuándo hacer la declaración de la renta
En Andorra, las personas físicas deben presentar la declaración del IRPF entre el 1 de Abril y el 30 de Septiembre del ejercicio posterior al ejercicio fiscal que es objeto de declaración (es decir, por ejemplo la declaración de 2023 entre el 1 de Abril y el 30 de Septiembre de 2024).
Documentación necesaria
La documentación a aportar dependerá del tipo de rentas percibidas y de la cuantía de las mismas. Pero en general, tener los siguientes documentos ayudan también a realizar la declaración.
- Nóminas en caso de estar empleado como trabajador por cuenta ajena, y certificado de retenciones.
- Certificados y extractos bancarios de las operaciones realizadas, y otras pruebas de compraventas.
- Cuentas anuales y resultados contables en caso de actividades económicas.
- Certificado de pensiones en caso de que aplique.
- Documentos que sostengan las reducciones a la cuota de tributación que va a solicitar.
- Otros documentos relacionados con la obtención de rentas.
- La propuesta de liquidación proporcionada por el departamento de tributos.
Otros enlaces de interés:
- Página informativa del impuesto
- Simulador de IRPF
- Página informativa de la tramitación del impuesto
- Legislación del IRPF
- GUÍA PRÁCTICA DEL IRPF PROPORCIONADA POR EL GOBIERNO
- FAQ (preguntas y respuestas)
Si tiene alguna duda más, en Abast podemos tramitarle la declaración del IRPF de la forma más correcta y beneficiosa dado su caso. No dude en contactarnos, puede hacerlo aquí.