Sí, en Andorra también existe salario mínimo interprofesional, también llamado SMI. El salario mínimo se fija periódicamente al menos una vez al año por el Gobierno andorrano. Pero, ¿cuál este salario mínimo decretado?
Qué es el salario mínimo interprofesional o SMI
La legislación sobre el salario mínimo, cuyos orígenes se remontan a las Australia y Nueva Zelanda del siglo XIX, tipifica una cantidad salarial mínima que se debe abonar a un trabajador dentro de una determinada jurisdicción mediante una ley específica para ello, ya sea mensual, diaria o por hora. Esta ley obliga al empleador a pagar como mínimo dicha cantidad a todos sus trabajadores registrados.
Como cada país o región suele establecer sus propias normas legales regulatorias del salario mínimo y la manera de controlar su cumplimiento, en el presente artículo vamos a redactar el correspondiente a Andorra.
Legislación de salario mínimo en Andorra
En Andorra lo relativo a las relaciones entre empleador y empleado viene redactado en la Ley 31/2018 de relaciones laborales. Esta ley indica que «El salario fijo no puede ser inferior al salario base que fija el convenio colectivo para cada grupo profesional, y a falta de convenio colectivo o si no se regula esta cuestión, al salario mínimo interprofesional».
Este salario mínimo interprofesional viene regulado en el artículo 73 se esta misma legislación, según el cual «es la remuneración que la empresa debe satisfacer obligatoriamente a la persona asalariada en todos los supuestos, incluso en los contratos en que se haya pactado un salario por unidad de obra o un salario mixto».
Por otro lado, se establece que «el Gobierno fijará periódicamente, al menos una vez al año, el salario mínimo interprofesional». Esto se hace a través de Decretos publicados en el BOPA (Boletín Oficial del Principado de Andorra) publicados aproximadamente a mediados de Noviembre del año anterior.
De esta manera, cualquier persona asalariada mayor de 15 años debe ser remunerada con el salario establecido por dichos decretos. Además, los menores de edad que tengan 15 años no pueden ejercer ninguna actividad laboral durante el periodo escolar y únicamente pueden trabajar durante los períodos de vacaciones escolares hasta un máximo de dos meses por año natural, siempre que disfruten al menos de un mes de vacaciones escolares en verano y de la mitad de las vacaciones escolares durante el resto del año.
Salario mínimo en Andorra en 2023
Ya ha salido recientemente el Decreto 498/2022, de 30-11-2022, de fijación del salario mínimo horario interprofesional para el año 2023 en Andorra, según el cuál se establece la tabla de fijación del salario mínimo interprofesional para dicho año. Ha sido publicado el 7 de Diciembre de 2022 e implica una subida del salario mínimo del 7% respecto al año anterior. Este es el salario mínimo a aplicar desde el día 1 de Enero de 2023:
Salario por hora | 7,42 € |
Salario por día | 59,36 € |
Salario mensual | 1.286,13 € |
Horas al día máximas | 8 |
Horas a la semana máximas | 40 |
Días de vacaciones | 30 |
Este sueldo mínimo sigue concordando pues aproximadamente con el que concluimos que era el mínimo necesario para vivir en Andorra según el coste de vida del propio país. Esperamos que haya sido de su interés el artículo, muchas gracias por su atención. Pueden leer más sobre el salario mínimo de cada año en la página de la CASS (Caja Andorrana de la Seguridad Social).