Impuesto sobre herencias en Andorra 2026: no existe (y esto es lo que cambia)

Última actualización: mayo de 2026

En Andorra no existe el impuesto sobre herencias ni sobre donaciones. El Principado no aplica ningún tributo a la transmisión gratuita de bienes por fallecimiento o por donación entre particulares. Para un residente andorrano con patrimonio situado en Andorra, la herencia tributa al 0%. Esto representa uno de los mayores ahorros fiscales respecto a España, Francia o los países de Europa occidental.

Esta guía explica exactamente cómo funciona, qué ocurre si tienes bienes en España siendo residente en Andorra, y cómo planificar una transmisión patrimonial eficiente desde el Principado.

¿Existe el impuesto de sucesiones en Andorra?

No. El Principado de Andorra no tiene impuesto sobre sucesiones (en catalán: impost sobre successions) ni equivalente. La transmisión de bienes por herencia no genera ninguna obligación tributaria en Andorra, ni para los herederos residentes en el país ni para los bienes situados en territorio andorrano.

Tampoco existe el impuesto sobre el patrimonio ni el impuesto sobre donaciones. El sistema fiscal andorrano se basa principalmente en el ISI (Impost sobre la Renda de les Persones Físiques, equivalente al IRPF), el IS (Impost de Societats) y el IGI (Impost General Indirecte, equivalente al IVA), todos con tipos significativamente inferiores a los europeos.

Comparativa: impuesto herencias Andorra vs España vs Francia

País / RegiónHerencia cónyuge/hijosHerencia entre hermanosMáximo colaterales
Andorra0%0%Cela n'existe pas.
España (Cataluña)7–32%7–32%7–34% (colaterales)
España (Madrid)~1% (bonificado)~1%~1% (bonificado)
España (Baleares)1–20%1–20%Hasta 20%
La France5–45% (hijos)5–45%55–60% (3ºs)
Allemagne7–30% (hijos)7–30%Hasta 50%

La ausencia de impuesto de sucesiones es especialmente relevante para patrimonios elevados. Una herencia de 2 millones de euros entre hermanos en Cataluña puede generar una factura fiscal de más de 600.000 €. En Andorra: 0 €.

¿Qué ocurre si tengo bienes en España siendo residente en Andorra?

Esta es la pregunta clave para los emigrados a Andorra. La respuesta depende de dónde están situados los bienes, no de dónde reside el heredero.

España aplica el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) por obligación real: si el bien heredado está en territorio español (inmueble, cuenta bancaria en banco español, participaciones en empresa española), ese bien queda sujeto al ISD español independientemente de la residencia del heredero.

Le Convenio de Doble Imposición España-Andorra (vigente desde 2016) no cubre el ISD: solo regula IRPF, IS y otros impuestos sobre la renta. No hay mecanismo de eliminación de doble imposición para herencias entre ambos países.

Opciones de planificación con bienes en España

  • Donación en vida del inmueble español antes de establecer la residencia andorrana (tributa ISD en España, pero desde Andorra el ahorro neto puede ser positivo si se hace correctamente)
  • Venta del inmueble y reinversión en bienes andorranos o en activos financieros sin localización territorial fija
  • Estructura societaria andorrana que sea titular de los bienes españoles — las participaciones sociales tienen localización en Andorra, no en España (requiere sustancia económica real)
  • Seguro de vida con beneficiario designado: el capital del seguro no forma parte de la masa hereditaria en ningún país y queda fuera del ISD
  • Hipoteca o gravamen sobre el inmueble español para reducir el valor neto hereditario sujeto a tributación

Importante: cualquier reestructuración patrimonial debe realizarse con suficiente antelación al fallecimiento para no ser considerada elusión fiscal. Se recomienda un mínimo de 3-5 años de anticipación y asesoramiento jurídico especializado en fiscalidad internacional.

Donaciones en vida desde Andorra: cómo funciona

En Andorra no existe el impuesto de donaciones. Sin embargo, una donación puede generar consecuencias fiscales indirectas:

  • Para el donante: si dona un bien que ha revalorizado (por ejemplo, acciones o un inmueble andorrano), la diferencia entre el valor de adquisición y el valor de donación puede considerarse una ganancia de capital sujeta al ISI (tipo 0-10%)
  • Para el donatario: recibe el bien libre de impuestos en Andorra. Su coste de adquisición a efectos fiscales será el valor de mercado en el momento de la donación
  • Si el bien está en España: aplica el ISD español por obligación real, con independencia de la residencia fiscal de donante y donatario

Impuesto sobre el patrimonio en Andorra: también no existe

A diferencia de España, que aplica el Impôt sur la fortune (entre el 0,2% y el 3,5% anual sobre el patrimonio neto por encima de 700.000 €), Andorra no tiene ningún equivalente.

Un residente andorrano con un patrimonio neto de 5 millones de euros no paga ningún impuesto anual por el simple hecho de poseer ese patrimonio. En España, ese mismo patrimonio generaría una factura anual de entre 60.000 € y 175.000 € dependiendo de la comunidad autónoma.

Esta ventaja, sumada a la ausencia de impuesto de sucesiones y al ISI máximo del 10%, convierte a Andorra en una de las jurisdicciones más eficientes de Europa para grandes patrimonios y planificación intergeneracional.

Planificación sucesoria eficiente desde Andorra: estrategias habituales

  • Holding familiar andorrano: constituir una sociedad andorrana como vehículo titular del patrimonio familiar (inmuebles, inversiones, participaciones). Las participaciones del holding se transmiten sin ISD en Andorra y con ventajas adicionales del IS al 10%
  • Seguros de vida unit-linked: vehículo muy usado por HNWI residentes en Andorra. El capital se transmite directamente al beneficiario designado sin pasar por el proceso sucesorio
  • Donación progresiva en vida: al no existir impuesto de donaciones en Andorra, el traspaso de activos andorranos en vida es completamente libre de coste fiscal
  • Testamento con elección de ley aplicable: el Reglamento Europeo de Sucesiones (650/2012) permite a los ciudadanos de la UE elegir que su herencia se rija por la ley de su país de nacionalidad. Aunque Andorra no es UE, un residente andorrano de nacionalidad española puede planificar su sucesión bajo ley española o andorrana según convenga
  • Estructura fiduciaria: aunque Andorra no tiene regulación específica de trusts anglosajones, se pueden usar estructuras equivalentes con sociedades civiles o fundaciones de interés privado

Preguntas frecuentes sobre herencias en Andorra

¿Cuántos años hay que vivir en Andorra para que la herencia tribute allí?

No hay un plazo mínimo de residencia para que la herencia de bienes andorranos tribute en Andorra (a tipo 0%). Sin embargo, para que la residencia fiscal se consolide y la Agencia Tributaria española no cuestione el traslado, se recomienda demostrar una residencia efectiva de al menos 2-3 años antes del fallecimiento, con pruebas de presencia real (183+ días/año, actividad económica, tarjeta sanitaria CASS, vida familiar en Andorra).

¿Puedo donar mi piso en España a mis hijos desde Andorra sin pagar impuestos?

No completamente. La donación de un inmueble situado en España tributa por el ISD español (obligación real) independientemente de que el donante resida en Andorra. El donatario (receptor) tendrá que pagar el ISD en la comunidad autónoma donde está el inmueble. Lo que sí queda libre de impuestos es la parte andorrana de la operación: si el donante tiene plusvalías por el inmueble, esas plusvalías tributan al ISI andorrano (0-10%), no al IRPF español.

¿Andorra firmará algún convenio de herencias con España?

No hay negociaciones activas conocidas para extender el CDI España-Andorra al Impuesto de Sucesiones. El CDI vigente (2016) cubre exclusivamente impuestos sobre la renta y el capital, no el ISD. Dado el reducido tamaño de la base imponible andorrana y la asimetría de intereses, es improbable que esto cambie a corto-medio plazo.

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Jose Sanchis, spécialiste de la technologie et des systèmes Abast, Andorra Insiders
José Sanchis

Spécialiste de la technologie et des systèmes ABAST

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